Acuerdo de Tribunal Constitucional en requerimiento sobre Televisión Digital

El 5 de noviembre de 2010,  36 diputados presentaron ante el Tribunal Constitucional, un requerimiento de inconstitucionalidad deducido en contra del Decreto Supremo N° 264, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones publicado en el Diario Oficial del día 6 de octubre de 2010, que fija normas complementarias sobre televisión digital.

Los diputados reclamaron básicamente porque de acuerdo a los parlamentarios,  con el decreto supremo emitido por el gobierno se estaría dando una suerte de » invasión «a una tarea que es del Congreso, toda vez que se extralimitaba en sus facultades. Esto incluso llevó a que se realizaran alegatos por las partes quedando la causa para un fallo que se dio a la vuelta de vacaciones de verano.

Sin embargo, respecto al decreto supremo y sus posibles consecuencias, no fue una preocupación solo para los diputados. Debemos recordar, tal como se comentó en su oportunidad, de la reunión tenida entre representantes de la sociedad civil organizada (en compañía del Presidente de la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones del senado, Senador Guido Girardi) y el Subsecretario de Telecomunicaciones Jorge Atton, y cuyo resultado fue justamente una necesidad en aclarar la redacción del decreto supremo respecto a que no se estaba «abriendo» el espectro UHF ni autorizando entrada a nuevos actores.

Respecto al acuerdo al que se llegó en pleno por el Tribunal Constitucional dice escuetamente:

1. Acoger el requerimiento, únicamente en cuanto a  declarar inconstitucional la frase  “renovable hasta por un máximo de cinco años, contados”, contenida en su Artículo primero.

2. Rechazar el requerimiento en todo lo demás.

Este acuerdo (cuyo fallo se redactará en unas semanas más), acoge la tesis presentada por la Subsecretaría de Telecomunicaciones respecto a poder de administración que tiene en el espectro radioeléctrico, sobre todo referentes a posibilidades de otorgar autorizaciones temporales de televisión digital para fines demostrativos y experimentales. Así lo señala explícitamente el actual Ministro de Transportes y Telecomunicaciones Pedro Pablo Errázuriz a través de un comunicado de prensa.

Sin embargo, también acoge la propuesta de diputados de no autorizar a SUBTEL para extender por 5 años máximos dichas autorizaciones temporales de televisión digital, por lo que el Tribunal Constitucional ordenó modificar dicho plazo (que normalmente es de sólo 1 año).

Esperaremos el fallo para considerar los argumentos del Tribunal Constitucional, sin embargo, es una señal clara respecto a la necesidad de trabajo conjunto entre el Ejecutivo y el poder legislativo en la pronta tramitación y aprobación de la ley de Televisión Digital que se encuentra en el congreso.

 

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