Situación actual del proyecto de reforma a la ley de Propiedad Intelectual

El video inicial fue realizado por nosoydelincuente.cl justamente para hablarnos de los llamados “USOS JUSTOS” que son la última gran discusión que tienen los senadores que componen la comisión que revisa las más de 200 indicaciones al proyecto de ley de Propiedad Intelectual.

Recordemos que justamente por este proyecto de ley es aquel donde hubo un acuerdo secreto entre la SCD y el Gobierno de Chile para proteger los intereses que se amparan en esta entidad privada y entendimos que dentro de estos puntos de acuerdo habían varios que perjudicaban a las personas común y corrientes, a los “consumidores culturales” y por lo mismo decidimos intervenir, tanto en la discusión jurídica-técnica, como en reuniones con autoridades, manifestaciones y dando a conocer nuestras posturas.

Como resultado de esto, podemos decir con satisfacción que los senadores han aprobado en la comisión varias indicaciones que buscábamos agregar a la arcaica ley de Propiedad Intelectual.

Así, en resumen (y en forma muy, pero muy simple), las principales indicaciones aprobadas son:

  • Uso de Obras en Salas de Clases

Se autoriza como excepción y sin necesidad de requerir autorización previa del autor, la utilización de parte de obras para fines educacionales y sin ánimo de lucro para la lustración de las actividades educativas en el aula. O sea, los profesores podrán mostrar en powerpoint Impress fotografías para ilustrar sus clases sin problemas, por ejemplo.

  • Comunicación o Ejecución de Obras en Núcleo Familiar o Instituciones Sin Fines Lucrativos

No se considera comunicación ni ejecución pública de la obra cuando es realizado dentro del núcleo familiar, en establecimientos educacionales y otros y sin fines lucrativos. No se requerirá autorización del  autor o titular ni pago de remuneración previa.  O sea, se podrá escuchar sin problema música en los recreos de estudiantes, por ejemplo.

  • Excepción de Reproducciones Provisionales en Transmisiones en Redes

Es lícita la reproducción provisional de una obra, sin que se requiera autorización previa del autor, cuando sea transitoria y tenga como finalidad la transmisión en una red o un uso lícito de una obra. O sea, se permite por ejemplo audios en streaming para ciertos fines, por ejemplo.

  • Excepción de Ingeniería Reversa y Security Testing

Está permitida,
1)  hacer una copia de seguridad de un programa computacional.
2) La ingeniería inversa sobre un programa computacional con el único propósito de lograr la compatibilidad operativa entre programas computacionales o para fines de investigación y desarrollo. No se permite que el fruto de esta actividad sea para un programa que atente comercialmente contra el original.
3) Las actividades de probar, investigar o corregir un programa o la seguridad del mismo u otros programas, de la red o del computador sobre el que se aplica y solo para estos fines.

Me quisiera detener un segundo en este último punto.
En la actual ley se comete delito si un programador de software libre (por ejemplo linux), genere drivers para una tarjeta de video basándose en drivers propietarios por ejemplo, aunque sea con fin de buscar la compatibilidad.

Fue justamente éste uno de los puntos que se discutió en la mesa de expertos y en los que asistimos en nombre de Liberación Digital, buscando la obtención de esta excepción a la ley actual. Y nuestra contraparte, es decir, la ACTI, Microsoft y demás empresas del rubro llegaron inicialmente con una idea de no dejar pasar una excepción amplia (es decir para fines de desarrollo). Sin embargo las conversaciones lograron armonizar finalmente una excepción tal como se observa, lo que generó un consenso. Paradójicamente fue la SCD quien viendo esta convalidación de ideas se opuso, aunque no les afectara esta excepción a los artistas.

Finalmente hay que recordar que tras finalizar la discusión de los usos justos, el proyecto se debatirá en PLENO en el senado. Esperamos, pues, que los usos justos sean considerados por la comisión y ratificados por el pleno. SI en caso extraño (por favor no más intervencionismo del gobierno), los usos justos no sean aceptados como excepción, tendremos que hacer un llamado a todos los senadores pro-sociedad civil para que rechacen el proyecto en ese punto correspondiente.

Seguimos, por tanto, atento a lo que ocurre en el congreso.

PD: Agradezco además a don Claudio Magliona, representante de la ADI (Asociación de Derecho Informático) por el envío de la información presentada.

PD: ojalá que en nosoydelincuente.cl nos linkeen a Liberación Digital 🙂

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