Publicada ley que modifica «Ley DICOM»

Este 17 de Febrero fue publicada en el Diario Oficial la LEY N° 20.575 que establece el principio de finalidad en el tratamiento de datos personales luego de su discusión en el parlamento y que modifica  la ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada, más conocida como «Ley DICOM».

Según bien informan en la Biblioteca del Congreso Nacional, esta ley refuerza el principio de finalidad de los datos y restringe la comunicación de datos de carácter económico, financiero, bancario y comercial de personas naturales.

¿Pero qué cambios incorpora la nueva ley?
Los principales cambios incorporados son:

•  Sólo permite el tratamiento de estos datos para la evaluación de riesgo comercial y para el proceso de crédito y dispone que su comunicación puede efectuarse, exclusivamente, al comercio establecido y a las empresas que se dedican a la evaluación de riesgo.

•  Prohíbe exigir estos datos para trámites de selección de personal, admisión preescolar, escolar o de educación superior, atención médica de urgencia o postulación a un cargo público.

•  Permite al titular de los datos requerir a los distribuidores la información personal contenida en ellos para fines distintos a los permitidos, en cuyo caso recibirá un certificado “para fines especiales”, el que contendrá sólo las obligaciones vencidas y no pagadas del solicitante.

•  Impide comunicar la información relacionada con obligaciones repactadas, renegociadas o novadas, o éstas se encuentren con alguna modalidad pendiente. Asimismo, prohíbe comunicar la información relacionada con deudas contraídas con concesionarios de autopistas por el uso de ésta.

•  Se establece el deber de los distribuidores de datos económicos, financieros, bancarios y comerciales de disponer de un sistema que registre el acceso y entrega de los antecedentes contenidos en ellos, que individualice el nombre de quien los ha requerido, el motivo, la fecha y la hora de la solicitud.

•  Permite al titular de los datos poder solicitar a los distribuidores, gratuitamente y cada cuatro meses, la información contenida en este registro de acceso y entrega referida a sus datos personales.

•  Introduce mecanismos destinados a facilitar el ejercicio de los derechos de los titulares. En este sentido:

•  Se invierte la carga de la prueba, estableciendo la obligación del distribuidor o responsable de los registros o bancos de datos de probar ante el juez que dio cumplimiento a las normas que rigen el tratamiento y comunicación de datos; y

•  Se establece la obligación de los distribuidores de designar una persona natural encargada del tratamiento de datos, frente a la cual los titulares de datos puedan hacer efectivos los derechos reconocidos en la ley, sin perjuicio de su facultad de iniciar las acciones legales que esta misma reconoce.

Por otro lado, se incorporó un artículo transitorio que ordena borrar de registros (como DICOM) las obligaciones totales impagas que se informe hasta el 31 de diciembre de 2011, siempre y cuando el deudor registre deudas totales impagas por un monto inferior a $2.500.000, por concepto de capital, excluidos intereses, reajustes o cualquier otro rubro.

Es importante considerar que borra los registros, no las deudas, las que seguirán existiendo y siendo exigibles.

7 thoughts on “Publicada ley que modifica «Ley DICOM»

  1. Si yo instalo una ce1mara para cnltrooar a la cuidadora de mi bebe9 en mi casa para comprobar que los cuidados son los correctos le tengo que avisar antes? y si quiero pillarla in-fraganti me puede denunciar por no haberla avisado de la instalacif3n de la ce1mara oculta? Gracias.

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