Fallo contra FCC en EEUU… ¿fin de la neutralidad de la red? En Chile obviamente no

Hace unos días atrás, una Corte de Apelación de los Estados Unidos tomó una importante decisión: canceló un decreto que establecía una regulación anti-discriminación y anti-bloqueo de la Comisión Federal de Comunicaciones (FCC, Federal Communications Commission) y que evitaba que los proveedores de Internet pudieran favorecer o perjudicar ciertos tipos de tráfico de servicios de internet a ciertos destinos.

Estas reglas establecidas por la FCC para proveedores de acceso a Internet  en 2010 fue la forma que en EEUU se reguló y estableció la neutralidad de la red en dicho país, sin embargo la decisión del juzgado se basa en una denuncia de Verizon Communications que aseguraba que la FCC carece de autoridad para imponer este tipo de reglas. Sin perjuicio de lo anterior, el presidente de la FCC, Tom Wheeler, mantuvo su oposición a regular a los proveedores de Internet y destacó que el organismo podría apelar el fallo ante la Corte Suprema de Justicia, por lo que el caso podría no estar completamente finalizado.

Justamente considerando lo anterior, lo relevante a destacar es que la decisión de la Corte no va contra el principio de Neutralidad de la red en sí mismo, sino que ataca las atribuciones que tiene la Comisión Federal de Comunicaciones para regular a los proveedores de acceso a internet (ISP).

Así, debemos señalar que, según se define en wikipedia, la FCC es una agencia estatal independiente de Estados Unidos, bajo responsabilidad directa del Congreso. Es la encargada de la regulación de telecomunicaciones interestatales e internacionales por radio, televisión, redes inalámbricas, teléfonos, satélite y cable. La FCC otorga licencias a las estaciones transmisoras de radio y televisión, asigna frecuencias de radio y vela por el cumplimiento de las reglas creadas para garantizar que las tarifas de los servicios por cable sean razonables. La FCC regula los servicios de transmisión comunes, por ejemplo, las compañías de teléfonos y telégrafos, así como a los proveedores de servicios de telecomunicaciones inalámbricas.

El problema de la determinación de competencia de la FCC de regular la neutralidad de la red tiene su génesis en el año 2002, cuando la FCC, producto de la presión de empresas de telefonía fija y móvil (y que eran los que proporcionaban y proporcionan acceso a Internet), definió los servicios de internet como “servicios de información“ en lugar de calificarlos como «servicios universales o de telecomunicaciones». Esta simple denominación dio lugar para que la corte estableciera que la FCC tiene la tarea de supervisar los servicios públicos esenciales, como servicio telefónico y electricidad, pero que el internet no es considerado uno de esos servicios bajo la legislación actual.

El argumento utilizado por la corte fue simple : “Dado que la Comisión ha elegido clasificar a los proveedores de banda ancha de manera que estén exentos de tratamiento como compañías comunes, la legislación prohíbe expresamente que queden regulados como tales”

Para algunos, esta sentencia daría autorización para que los ISP pudieran discriminar contenido que se transmitan a través de internet en EEUU . Así, en teoría, los proveedores de acceso a internet tendrían mayor facilidad para ralentizar la velocidad de acceso a páginas y contenidos de sus competidores.

Una de las posibilidades que se barajan es modificar la descripción otorgada a Internet dentro de las regulaciones de la FCC. Como se indicó anteriormente, el organismo considera que se trata de un servicio de información y no de telecomunicaciones. Al hacer este cambio, los operadores de Internet deberían funcionar bajo las mismas condiciones que las telefónicas y, del mismo modo que éstas no pueden dar prioridad a una llamada sobre otra -ni cobrar más por ese privilegio- tampoco se podría hacer en el caso del acceso a Internet.

¿Este fallo afecta la ley de neutralidad de la red en Chile?

Con respecto a nuestro país, el fallo no tendría repercusiones directas, toda vez que Chile cuenta con regulación distinta a la EEUU. Debemos recordar que Chile fue el primer país del mundo en contar con una ley expresa que regula la neutralidad de la red.

Así, es importante señalar que la normativa que regula la neutralidad de la red no se basa en decretos de organismos técnicos como en EEUU, sino que está establecido por ley en la ley General de Telecomunicaciones. Por otro lado, se cuestiona las atribuciones que tiene la FCC para regular y en nuestro país, el ente regulador de las telecomunicaciones, es decir, la Subsecretaría de Telecomunicaciones, SUBTEL, tiene atribuciones legales establecidas en la ley, el cual incluso dictó reglamento complementario a la ley de neutralidad.

En nuestro país no habría problemas respecto a la interpretación de las facultades del ente regulador, tal como se dio en EEUU, toda vez que la ley de neutralidad de la red se aplica a todos los proveedores de acceso a internet por igual. Al mismo tiempo debemos recordar que en Chile ya se han aplicado cargos contra empresas de telecomunicaciones por infracciones, principalmente al artículo 24 H de la ley general de telecomunicaciones (donde se establece la neutralidad de la red), la que ha conllevado el establecimiento de multas (las más altas posibles a aplicar) que han sido ratificadas por tribunales superiores de justicia.

Sin perjuicio de lo anterior, debido a que empresas de telecomunicaciones siguen modelos de negocios que se aplican a nivel mundial, es importante tener en consideración el tipo de prácticas que podrían ser utilizadas por ISP en países distintos a Chile para garantizar que éstas deben ajustarse a la ley de Neutralidad de la Red en Chile para que se puedan aplicar. Por tanto, la noticia del fallo contra la FCC debe ser visto con atención, pero no con mayor preocupación, por lo menos en nuestro país.

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